─  Lagos Villarreal

FUNDAMENTO Y RÉGIMEN DE LA VINCULACIÓN ENTRE EL TERCERO PERJUDICADO Y EL ASEGURADOR VOLUNTARIO DE RESPONSABILIDAD CIVIL: UNA CUESTIÓN DE DERECHO PRIVADO

Osvaldo Lagos Villarreal

Resumen


Con la reforma al Derecho del contrato de seguro, surgió la discusión sobre la incorporación de la acción directa contra el asegurador al seguro voluntario de responsabilidad civil en Chile. Los puntos de vista se polarizaron en posiciones a favor o en contra, pero gran parte del debate discurrió desde una perspectiva de justicia distributiva. Este trabajo pretende demostrar que las razones para vincular al tercero perjudicado con el asegurador son razones de Derecho Privado, es decir, de justicia correctiva. Lo anterior otorga parámetros para el análisis de los mecanismos que alteran la relatividad del contrato de seguro de responsabilidad civil. Asimismo, permite comprender con mayor precisión cuál es el sentido dogmático de la acción de cobro al tercero perjudicado que, finalmente, se recogió en la legislación nacional, al posicionarla como una opción entre los dos extremos posibles (absoluta ajenidad del tercero o acción directa). La comprensión del sentido de la acción de cobro reconocida en la legislación nacional dentro del contexto de otras opciones, facilita la labor de construcción de su régimen jurídico y, en particular, del sistema de excepciones.


Palabras clave


seguro de responsabilidad civil; acción directa; acción de cobro; excepciones

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DOI: https://doi.org/10.32995/S0718-8072201691

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