DIVORCIOS TRANSFRONTERIZOS Y COMPETENCIA JUDICIAL INTERNACIONAL: LA DOCTRINA DEL TRIBUNAL SUPREMO ESPAÑOL
Resumen
Los divorcios internacionales son más numerosos cada día. En no pocas ocasiones existe un especial interés de las partes litigantes en presentar la demanda ante los tribunales de un determinado Estado, adquiriendo especial relevancia el fenómeno del forum shopping cuya finalidad es procurarse el foro más favorable, en particular en cuanto a la ley aplicable. En la actualidad en la Unión Europea la determinación de la competencia judicial relativa a divorcios internacionales se regula en el reglamento 2201/2003. Su artículo 3.º contiene un amplio número de foros al efecto. La aplicación de este reglamento ha relegado a un segundo plano la norma interna española contenida en el artículo 22 de la ley orgánica del poder judicial. El Tribunal Supremo ha resuelto controvertidas cuestiones en torno al referido instrumento y la determinación de la competencia judicial internacional de los tribunales españoles en materia de divorcio.
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